Ser propietario de un vehículo implica, entre otras muchas obligaciones, llevar en él un equipamiento obligatorio y que en el caso de no llevarlo, puede ser motivo de una sanción económica.

Explicaremos cuáles son los accesorios obligatorios que especifican la ley y qué son recomendables para garantizar una mayor seguridad cuando circulamos con nuestro coche, sobre todo cuando emprendemos un largo viaje.

El primer equipamiento obligatorio es llevar en el vehículo dos triángulos de pre señalización de peligro y como mínimo un chaleco reflectante de alta visibilidad. El uso del chaleco reflectante se tiene que llevar cuando se salga del vehículo y se ocupe la calzada o acera de las vías interurbanas.

En el caso de inmovilización del vehículo por accidente o por cualquier otra circunstancia, se tendrán que utilizar los triángulos, siempre que las condiciones de circulación lo permitan. La colocación de los triángulos tendrán que estar delante y detrás del vehículo a una distancia mínima de 50 metros y de forma que sean visibles desde 100 metros. En vías de sentido único, o de más de tres carriles, será suficiente la colocación de un triángulo como mínimo 50 metros antes. Además, si el vehículo lleva luces de emergencia, tendrán que estar encendidas y si el vehículo está en la autopista o autovía, en condiciones de baja visibilidad o entre la puesta o salida de sol, también se pondrán las luces de posición y, en su caso también las de gálibo.

Si no se llevan los triángulos, la sanción puede llegar hasta los 200 euros, así como hasta la misma cantidad si no se cumple con la normativa para llevar el chaleco reflectante, además de la retirada de tres puntos del carné.

También tenemos que comprobar que nuestro carné de conducir esté en vigor, llevar el permiso de circulación del coche, así como la ficha técnica y la pegatina de la última ITV con el correspondiente informe. No llevar algunos de estos documentos será sancionable a partir de los 10 € porque se consideran infracciones administrativas.

Desde el 2008 ya no es obligatorio llevar la póliza de seguro y el último recibo, porque los agentes de policía pueden comprobar (fichero FIVA) si el vehículo está asegurado, aunque no está demás facilitar la labor.

Otro elemento obligatorio es la rueda de repuesto o un kit repara pinchazos con todas las herramientas necesarias para cambiar una rueda o reparar el pinchazo.

Pero no solo tendríamos que llevado el equipamiento obligatorio. También hay accesorios que son recomendables, porque en el caso de emergencia, situación imprevista, etc., puedan ser utilizados para evitar o minimizar el riesgo. Llevar pinzas por la batería, linterna, guantes, cadenas, etc., serán de gran utilidad ante una incidencia.

Las cadenas o las fundas para los neumáticos, si bien no son obligatorios, nos podemos encontrar que en alguna vía esté permitida la circulación condicionada a llevar estos tipos de accesorios para garantizar la seguridad. Una otra opción sería el montaje de neumáticos aptos por cualquier estación del año o específico para el invierno.

Otros elementos que también nos ayudarán sería llevar el teléfono móvil siempre con nosotros, una rasqueta en invierno para el hielo del parabrisas, kit de primeros auxilios, gafas de sol, unos guantes, líquidos (aceite, refrigerante, limpia parabrisas…), alguna manta, agua, comida, etc.

Esperamos que sea de utilidad la información aportada. En Goncal Formació sabemos que una parte de la Seguridad Viaria es el equipamiento del coche, tanto el obligatorio como el recomendable que a la hora de necesidad serán sin dudas, parte de la solución del imprevisto.

Goncal Formació
Cornellà, 16 de febrero de 2021